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Soy inquilino y quiero dar por terminado mi contrato de arrendamiento ¿Qué debo hacer?

1. Terminación dentro del término establecido:

Según a ley 820 de 2003 se estipula que para dar por terminado un contrato de arrendamiento de vivienda, usted deberá notificar a su arrendador por escrito con una antelación no menor a 3 meses de la fecha de vencimiento del contrato de arrendamiento.

2. Terminación fuera del término establecido:

La ley 820 de 2003 estipula que usted deberá notificar a su arrendador por escrito y realizar el pago de una indemnización equivalente al precio de 3 veces el valor del canon de arrendamiento.