Soy inquilino y quiero dar por terminado mi contrato de arrendamiento ¿Qué debo hacer?
1. Terminación dentro del término establecido:
Según a ley 820 de 2003 se estipula que para dar por terminado un contrato de arrendamiento de vivienda, usted deberá notificar a su arrendador por escrito con una antelación no menor a 3 meses de la fecha de vencimiento del contrato de arrendamiento.
2. Terminación fuera del término establecido:
La ley 820 de 2003 estipula que usted deberá notificar a su arrendador por escrito y realizar el pago de una indemnización equivalente al precio de 3 veces el valor del canon de arrendamiento.